Los gobiernos
de Alemania y Austria-Hungria han comunicado al de España, en nota recibida el
31 de enero de 1917, lo siguiente:
“Los
Imperios Centrales y sus aliados cortarán todo tráfico marítimo de la Gran Bretaña,
Francia e Italia y a este efecto impedirán, a partir del 1 de febrero de 1917,
toda navegación y por todos los medios en una zona de prohibición determinada.
En ejecución
de este propósito, se procederá sin otro aviso y por cualquier arma a la
interrupción de todo tráfico marítimo alrededor de la Gran Bretaña, de Francia
y de Italia, así como en el Mediterráneo oriental, en las zonas de prohibición
indicadas a continuación.
Zona de
prohibición de paso:
La línea que
limita esta zona se extiende a una distancia de 20 millas de la costa holandesa
hasta el buque faro británico de Terschelling; sigue el meridiano del buque
faro de Terschelling hasta Ubsire; después pasa por el punto 62º N y 0º
longitud hasta 62º N y 5º O; alcanza un punto situado a 3 millas al Sur de la punta
meridional de las Feroes; pasa por el punto 62º N y 10º O hasta el 47º n y 20º
O, al punto 43º N y 15º O, y sigue el paralelo de latitud 43º N hasta 20 millas
del cabo Finisterre, y se extiende finalmente a una distancia de 20 millas de
la costa septentrional de España hasta la frontera francesa.
El
Mediterráneo es declarado zona de guerra (…)
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